HISTORIA
INSTITUCIONAL DEL ECUADOR
ENSAYO
Nombre: Alexandra Cordero.
Constituyen
un derecho colectivo tanto la comunicación como la información, la cual debe
ser libre,
intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la
interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus
propios símbolos, es decir con el idioma que representa a cada cultura y los
modismos que corresponden a cada región, así como los modos de informar que
deben considerarse dirigidos a las personas que poseen capacidades diferentes,
con los símbolos mediante los cuales son capaces de comunicarse.
El acceso
universal a las tecnologías de información y comunicación, es de carácter tanto
individual como colectivo así lo indica el inciso número 2, no debe ser
privativo para determinados grupos elitistas, o para personas que poseen las
mismas capacidades. La creación de medios de comunicación social, y al acceso
en igualdad de condiciones, es de conocimiento general que existen canales,
emisoras y medios de comunicación en general mediante los cuales los individuos
y los colectivos son comunicados e informados de manera veraz y oportuna además
de transmitirse programación cultural y entretenida a la vez, priorizando a la
comprensión de grupos con capacidades diferentes.
El
artículo 17, reza lo siguiente: Art. 17.- El
Estado fomentará la pluralidad y la diversidad en la comunicación, y al efecto:
1. Garantizará la asignación, a través de métodos transparentes y en igualdad
de condiciones, de las frecuencias del espectro radioeléctrico, para la gestión
de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, así como
el acceso a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas, y
precautelará que en su utilización prevalezca el interés colectivo. 2.
Facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos,
privados y comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías de
información y comunicación en especial para las personas y colectividades que carezcan
de dicho acceso o lo tengan de forma limitada. 3. No permitirá el oligopolio o
monopolio, directo ni indirecto, de la propiedad de los medios de comunicación
y del uso de las frecuencias. Es decir, otorgará el Estado todas las
facilidades para la creación y el fortalecimiento de los medios de comunicación
en general.
Todas las
personas de manera individual y colectiva tenemos derecho a buscar, recibir,
intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna,
contextualizada, plural, sin cesura previa acerca de los hechos; a mi parecer
debería haberla en determinados casos, ya que debemos manejar la información
con responsabilidad ulterior. Considero que por diversos factores, no todas las
personas podrían mantener esa línea de “formalidad” en el manejo de la
información, ya que no todos los ciudadanos dada la sociedad en la que vivimos
construyen los hechos con veracidad, por ejemplo en el caso del asesinato de la
joven Karina del Pozo, inició la noticia como un rumor a través de las redes
sociales, se esparció el hecho de que un taxista le había secuestrado y
asesinado, luego se llegó a saber que los sucesos habían sido de manera
totalmente distinta, en este caso no se utilizó la información con veracidad,
fue un simple rumor.
Acceder libremente a la información generada en
entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen
funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos
expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos
humanos, ninguna entidad pública negará la información. ¿Es posible acceder a
toda la información en la práctica?, o ¿siempre será necesario reservarse algo
de la misma?, seguramente en los casos privados deba ser así.
La ley regulará la prevalencia de contenidos con
fines informativos, educativos y culturales en la programación de los medios de
comunicación, y fomentará la creación de espacios para la difusión de la
producción nacional independiente. Se prohíbe la emisión de publicidad que
induzca a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el
sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella que atente contra
los derechos. Es necesario que se respeten los horarios de las programaciones
por parte de los televidentes por ejemplo, ya que si un niño ve algún programa
de adultos a un horario familiar, al no tener criterio formado, podría
perjudicarle en la formación de su psiquis, en caso de que no haya un adulto
supervisando. La programación nacional en canales como teleamazonas
actualmente, es solo de mofa, por ejemplo el programa de “La Mofle” es una vil
parodia de la mujer mal casada, es grotesco a mi parecer no me causa gracia,
deberían quitar ciertos programas del
aire y fomentar otros de temas igual graciosos pero de bromas inteligentes, o deberían
proyectar películas nacionales ya que poseemos buen cine, sin embargo este tipo
de programas grotescos como vivos o la Mofle son entretenidos para la gran
mayoría de la población que han estado acostumbrados a ello.
Para concluir voy a mencionar que poco a poco se
han logrado cambios, en el tema de canales de televisión como Ecuador tv, que
es un espacio diferente de entretenimiento a otro nivel.
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